La Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) en la Comunidad Europea.

El objetivo último de la Directiva es lograr una estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático. En aplicación de la Directiva 2003/87/CE, el Reglamento (UE) Nº 601/2012 de la Comisión sobre el seguimiento de las emisiones de GEI establece los Artículos 32, 33 y 34 por los cuales se deben regir los sectores afectados, entre los que se incluyen los sectores industrial y energético, entre otros, para el control de emisiones de GEI a la atmósfera:  
 
Factores de cálculo basados en análisis (Art. 32) 

El laboratorio Intertek, acreditado bajo la norma EN 17025 y con una experiencia de más de 20 años en el análisis y toma de muestras para las industrias gasistas y petrolíferas, aplica métodos basados en las normas EN para los análisis, muestreos y calibraciones y validaciones empleados para la determinación de los factores de cálculo.

Plan de muestreo (Art. 33)
Intertek es el único proveedor español acreditado por ENAC conforme a la norma EN ISO 17020 para la realización de toma de muestras de gasolinas y petróleo en estaciones de servicio y surtidores industriales (EN 14275), de productos petrolíferos líquidos (EN ISO 3170) y gas natural (EN ISO 10715), cuya ejecución es necesaria para la preparación del plan de muestreo requerida por el Reglamento.

Utilización de laboratorios (Art. 34)
El Reglamento establece que los laboratorios encargados de realizar los análisis para la determinación de los factores de cálculo estén acreditados con arreglo a la norma EN ISO/IEC 17025. El laboratorio Intertek ha sido acreditado por ENAC en base a dicha norma.

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